Es un órgano colegiado constituido por 42 integrantes que provienen de todas las divisiones. En él participan 16 órganos personales y 26 representantes del personal académico, de los alumnos y de los trabajadores administrativos. El Rector de Unidad es el presidente y el Secretario de la Unidad lo es también del Consejo Académico.
Entre las principales competencias del Consejo Académico están:
- Dictaminar y armonizar los proyectos sobre planes y programas de estudio que le propongan los consejos divisionales.
- Designar a los directores de división de las ternas que proponga el Rector de Unidad. .
- Someter al Patronato, por conducto del Rector General, el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos de la unidad universitaria.
- Emitir instructivos respecto del funcionamiento interno y operativo para regular el uso de los servicios e instalaciones.
- Establecer las particularidades de la organización académica de la Unidad aprobada por el Colegio Académico y acordes con la Ley Orgánica.
- Emitir convocatoria, señalando plazo para el registro de carácter público de los aspirantes a participar en el proceso de designación de Rector de Unidad.
- Aprobar la creación o supresión de las áreas de los departamentos a propuesta del consejo divisional correspondiente.